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Ingresos estatales de la actividad petrolera

1983

OLADE
420

El documento analiza los ingresos que recibe el Estado ecuatoriano por concepto de exploración y explotación de yacimientos de hidrocarburos. Menciona al artículo 44 de la ley que dispone que el Estado percibirá primas de entrada, derechos superficiarios, regalías, pagos de compesación y aporte en obras de compensación. Sin embargo, debido a las reformas a la ley de hidrocarburos, se establece que estas obligaciones no son aplicables a todos los tipos de contratos.

Organización Latinoamericana de Energía (OLADE) - Centro de Documentación

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