Procedimientos para la solución de conflictos originados en contratos de riesgo o asociación en la industria petrolera
1983
OLADE
417
El documento señala que la solución amistosa debe prevalecer como principio para la solución de conflictos en contratos petroleros de riesgo o de asociación. Sin embargo, si el impase se vuelve insuperable se puede recurrir al recurso del juez civil o el de arbitraje, considerando las condiciones peculiares de la legislación de cada país. Se indica que el idioma del contrato, la ley que le regirá y foro deben ser del país donde se constituye el contrato.
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