Ley No. 3207 de 30 de septiembre de 2005 [Biodiesel]
2005
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A los fines de la presente Ley, se entiende por biodiesel al carburante que resulte de la mezcla de diesel oil de origen mineral con un componente de origen vegetal y que es apto para utilizarse en cualquier tipo de motor diesel, que se comercialice en el mercado nacional. [Derechoteca]
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